Requisitos para Cazadores Extranjeros
- Contrato de prestación de servicios entre el cazador y el dueño del predio (pequeñas propiedades, comunidades o ejidos) registrado como UMA (Unidades de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre). La ANGADI ofrece a sus socios la elaboración del contrato de acuerdo a lo establecido por la LGVS
- Cintillo de Cobro Cinegético: Los cazadores extranjeros al cazar su trofeo deberán colocar el cintillo de cobro cinegético que gestionó previamente el dueño de la UMA para poder trasportar su trofeo en el territorio nacional así como para su exportación a los EUA, para lo cual deben de traer consigo el contrato y el ejemplar con el cintillo de cobro colocado en la pieza cobrada de tal forma que no se desprenda.
- Es obligación del cazador extranjero cazar exclusivamente en UMAS contratada(s) (pequeñas propiedades, comunidades o ejidos, que estén oficialmente registrados y autorizados para este fin) y que además, cuenten con el oficio de autorización de tasa de aprovechamiento.

Exportación de trofeos de México hacia los EUA
Para exportación de trofeo de México a los EUA el U.S. Fish and Wildlife Service requiere:
- Contrato entre el cazador y el dueño del rancho.
- Cintillo de cobro colocado en la pieza cobrada
- Formato de exportación de vida Silvestre (U.S. Fish and Wildlife Service Declaration for Importation or Exportation of Fish or Wildlife USFWS) Form 3-177 (***)
Si el cazador no es el que exporta el trofeo debe de dar un poder a la persona que en su lugar exportara el trofeo.
Permiso para Armas
Si el cazador Extranjero para su expedición cinegética desea utilizar sus propias armas; el titular de la UMA requiere tramitar para su cazador a través de ANGADI, “permiso extraordinario de importación temporal y portación de armas de fuego con fines cinegéticos”.
Requisitos:
- Llenar formato de solicitud de Permiso Extraordinario de Importación Temporal y Portación de Armas de Fuego con Fines Cinegéticos.
- Contrato de prestación de servicios entre el titular de la UMA y el cazador (ANGADI a sus socios les elabora el contrato)
- Identificación del cazador. (ID o licencia de manejar)
- Copia del Pasaporte vigente del cazador.
- Es necesario enviar fotografías (que se note claramente los números y letras) del arma donde se muestren de forma muy clara la marca, modelo, calibre y número de serie. Ejemplo de como se debe de enviar las fotografías de acuerdo a las instrucciones de la SEDENA (Link)
- Pago de Impuestos

El titular de la UMA (propietario del rancho) efectuará a través de ANGADI las gestiones necesarias ante la Secretaria de la Defensa Nacional (SEDENA) para la importación temporal y portación de armas de fuego con fines cinegéticos para cazadores extranjeros, previo cumplimiento de derechos y requisitos.
Notas importantes para la exportación de trofeos
- La piel del trofeo debe de estar 100% libre de ectoparásitos (garrapatas, pulgas) así mismo el cráneo del trofeo libre de piel y carne.
- El cazador puede exportar la carne de su trofeo y esto solo se puede en el momento de la exportación.
- Es importante mencionar que la carne de cualquier ejemplar puede trasportar y en su caso exportarse siempre y cuando esté acompañada del trofeo (por ejemplo en venados cuando este acompañado del set de astas).
- Los cazadores que practiquen la caza deportiva con arco o ballesta no requieren permiso de importación por no considerarse el arco o ballesta como arma de fuego, solo requieren el contrato de prestación de servicios entre el dueño de la UMA y el cazador además de el cintillo de cobro cinegético o sistema de marcaje si llega a cobrar un trofeo.